MÓDULO 05 / 09
ICA · Industria y Comercio
Módulo 05
Impuesto de
Industria y Comercio
Tributo municipal que pagan personas o empresas con actividades industriales, comerciales o de servicios dentro de un municipio. Se calcula sobre ingresos brutos y se paga en la alcaldía — no en la DIAN.
Actividad comercial
Venta de bienes
Actividad industrial
Producción de bienes
Prestación de servicios
Servicios profesionales y técnicos
Importante
No grava la utilidad, sino los ingresos brutos. Si vendes o prestas servicio en Cúcuta, pagas en Cúcuta. Si tienes operaciones en varios municipios, declaras en cada uno.
Quiénes deben pagar ICA
- Personas naturales comerciantes
- Empresas (SAS, Ltda, etc.)
- Profesionales independientes con actividad comercial habitual
- Negocios formales o informales con ingresos gravados
Condición clave: ejercer actividad económica en un municipio.
FÓRMULA
ICA = Ingresos brutos × Tarifa
La tarifa varía según municipio y actividad económica. En Cúcuta se declara ante la Secretaría de Hacienda municipal.
Diferencias clave con otros impuestos
| Impuesto | Nivel | Base |
|---|---|---|
| ICA | Municipal | Ingresos brutos |
| IVA | Nacional | Valor de venta |
| Renta | Nacional | Utilidad |
Errores comunes
- No registrarse en el municipio
- No declarar ingresos de todos los establecimientos
- Usar tarifa incorrecta
- Confundir ingresos brutos con utilidad
- No aplicar reteICA cuando corresponde
Obligaciones del contribuyente
- Declarar periódicamente
- Pagar en fechas establecidas
- Actualizar actividades económicas
- Informar cambios de establecimiento
- Llevar soporte de ingresos